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TIC-camaras

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  1. Objeto:

La presenta ayuda tiene como objetivo impulsar la incorporación sistemática de las TIC a la actividad habitual de las pymes, microempresas y autónomos, como herramientas competitivas claves en su estrategia, así como maximizar las oportunidades que ofrecen para mejorar su productividad y competitividad.

  1. Fases:

Fase I: Diagnóstico Asistido de TIC. En esta fase, se incluye un sistema de diagnóstico asistido y personalizado. Consiste en la realización de un análisis exhaustivo del nivel de digitalización de la empresa que permite conocer el esquema y situación del nivel de competitividad de la misma en su entorno económico y de mercado, así como identificar sus necesidades tecnológicas (alineadas con sus necesidades estratégicas y operativas).

Fase II: Implantación. Tras su participación en la primera fase del Programa, y siempre en función de la disponibilidad presupuestaria, la empresa podrá participar en la Fase II. Se continuará con la elaboración, por parte del Asesor Tecnológico de la Cámara, de uno o varios Documentos de Definición de Proyecto, que servirán como base para la solicitud de ofertas a proveedores y la elaboración del Plan personalizado de Implantación.

  1. Líneas de actuación que contempla el Programa:
  • Utilización de las TIC para la mejora de la competitividad: herramientas de productividad, ERP, CRM… con clara orientación a la nube (cloud computing).
  • Comercio Electrónico
  • Marketing Digital: SEO, SEM, email marketing, analítica web, social media, reputación online, aplicaciones móviles o cualquier otra herramienta, buena práctica o tendencia tecnológica que aparezca en el mercado.
  1. Requisitos de los beneficiarios:
  • Ser una PYME o autónomo
  • Estar dada de alta en el Censo IAE
  • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones
  • Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Comercio, Industria y Servicios de la provincia de Cáceres.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Cumplir la norma de minimis
  • Poseer intención de mejorar su competitividad a través de la aplicación de las TIC en los procesos que se determinen a través del diagnóstico practicado y estar dispuesta a cumplir las condiciones del Programa.
  • No haber resultado beneficiaria de la Fase II del Programa en anteriores anualidades, con posterioridad al 31/12/2015.
  • Las empresas podrán acogerse a la fase II si han justificado documentalmente su participación previa en la Fase I del Programa, en la presente convocatoria o dentro del año anterior a la misma, y que no hayan sido beneficiarias de Fase II; o si acreditan haber participado en el último año en un Programa similar de Asesoramiento en la incorporación de las TIC en las pymes, de organismos de Promoción de las TIC de las Comunidades Autónomas, de organismos públicos regionales o locales o de Cámaras de Comercio, siempre que cumplan los requisitos del anexo a la presente convocatoria.
  • Cumplir con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación en relación la obligación que le impone el art 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.
  1. Cuantía y Alcance de la Ayuda:

El coste elegible asociado a la implantación de las soluciones incluidas en la fase II será variable en cada caso, estimándose un máximo de 7.000 € (IVA no incluido), siendo prefinanciados en su totalidad por la empresa destinataria, quien recuperará el 80% del coste elegible asociado a la inversión realizada según los términos y cuantías acordados en su plan de implantación, siempre y cuando se justifique la inversión realizada en los términos y plazos acordados.

La financiación del importe elegible para el desarrollo de la implantación es aportada en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea en el Programa Operativo de Crecimiento Inteligente FEDER 2014-2020 (POCInt) y en un 20% por la empresa beneficiaria, quien deberá prefinanciar el 100% de la inversión.

En el marco del Programa no se excluye que las PYME pueda abordar implantaciones de mayor cuantía, si bien la intensidad de la ayuda no excederá del 80% de la inversión realizada sobre el máximo de 7.000,00 € por empresa.

  1. Presentación de Solicitudes:

Las empresas podrán presentar su solicitud una vez transcurridos 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria, es decir, a partir de las 09:00 horas del día 9 de mayo de 2017, y hasta el día 30 de mayo de 2017 siendo las 14:00 horas la hora límite de presentación, si bien se puede acortar el plazo en caso de agotarse el presupuesto.

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Fuente: Cámara de Comercio de Cáceres

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