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Desde CE Consulting Empresarial Cáceres, Asesoría de Empresas, queremos informaros de otras obligaciones de las Sociedades Unipersonales.

Podemos definirlas como aquellas sociedades en las que hay un solo socio. Así, se dividen en sociedades unipersonales originarias, las que se constituyen desde su inicio, y las sociedades unipersonales sobrevenidas, porque con el paso del tiempo se han ido reduciendo el número de socios hasta llegar a uno único.

Como cualquier sociedad, estas sociedades unipersonales deben cumplir con todas las obligaciones como si de otra sociedad mercantil se tratara: depósito de Cuentas Anuales, Legalización de libros oficiales, impuestos, etc. Pues bien, además, deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Tener legalizados un libro registro de contratos entre el socio único y la sociedad.
  • Informar al Registro Mercantil su condición de unipersonalidad y la identificación de la persona que es socia.
  • Hacer constar su unipersonalidad en toda su documentación como facturas, correspondencia, albaranes, etc.

En caso de no cumplir con la inscripción en el Registro Mercantil de su unipersonalidad en el plazo máximo de 6 meses desde el carácter unipersonal, el socio responderá personal, ilimitada, y solidariamente de las deudas sociales contraídas por la empresa durante el tiempo en que la sociedad haya sido unipersonal.

Si tienes cualquier duda o consulta, diríjase a nuestra Asesoría de Cáceres. Nos encontramos en la Avda. Alemania, 1, 1ª Planta, Despacho 11.

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