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Si eres empresario y tienes trabajadores a tu cargo, desde CE Consulting Empresarial-Asesoría de empresas en Cáceres queremos informaros de las sanciones que existen en el caso de que algún trabajador no cumpla con sus obligaciones laborales. Eso sí, debe venir recogido en el Convenio Colectivo para determinar si son leves, graves o muy graves.

Las SANCIONES máximas son:

a) Faltas leves: Amonestación verbal o escrita y suspensión empleo y sueldo hasta 2 días.

b) Faltas graves: suspensión de empleo y sueldo de 3 a 14 días.

c) Faltas muy graves: suspensión de empleo y sueldo de 14 días a 1 mes, traslado de centro de trabajo distinto hasta 1 año y despido disciplinario.

Ten en cuenta que estas faltas prescriben y los plazos son:

  • Leves: prescriben a los 10 días de su comisión.
  • Graves: a los 20 días de su comisión.
  • Muy graves: a los 60 días de su comisión

No existen sanciones como reducir vacaciones u otras disminuciones de descanso ni multas en dinero.

Por último, debes conocer que tanto las faltas GRAVES como MUY GRAVES se deben comunicar por escrito, indicando la fecha y hechos que originaron la sanción.

Para cualquier consulta, visítenos en Avda. Alemania, Nº1, 1ª Planta, despacho 11 en Cáceres.

 

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