Según la ORDEN 12 de abril de 2017, se convocan subvenciones para el fomento del sector turístico y de la restauración en Extremadura para el año 2017.
Cuantía y plazo:
La cuantía de la subvención será del 50% de los gastos subvencionables, como máximo 60.000 €. El plazo máximo para presentar la solicitud es el día 18 de mayo de 2017.
Líneas de ayudas: Beneficiarios:
- Mejora en la calidad de Alojamientos Rurales: Casas y Hoteles Rurales.
- Mejora en la calidad de los Balnearios.
- Mejora de la calidad de las Empresas de Actividades Turísticas y de Intermediación: Agencias de Viajes y centrales de reservas.
- Mejora de la calidad de Alojamientos Hoteleros y Extrahoteleros: hoteles, hoteles-apartamentos, apartamentos turísticos, albergues, etc.
- Mejora de la calidad de la Restauración: restaurantes, catering, cafeterías, salones.
- Fomento y mejora de las TIC en el Sector Turístico.
Podrán ser objeto de subvención las siguientes formas jurídicas: personas físicas, personas jurídicas, agrupación de ambas, comunidades de bienes y sociedades civiles
Requisitos de los beneficiarios:
- Prestar la actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura
- Presentar la solicitud ajustado al modelo previsto.
- Acompañar a la solicitud los documentos que se establece en el decreto.
¿Qué se puede subvencionar?
- Construcciones
- Mobiliario y decoración integral
- Maquinaria e instalaciones
- Ascensores destinados a clientes.
- Auditorías externas de calidad.
- Material y equipamiento específico para la puesta en marcha de servicios complementarios.
- Trabajos de proyectos y dirección facultativa.
Incompatibilidad:
Las ayudas contempladas en el presente decreto son incompatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos concedidos para la misma finalidad, procedentes de la Junta de Extremadura o de otras Administraciones Públicas, de la Unión Europea, o de entes u organismos públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales.
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