En la Asesoría de Cáceres de CE Consulting Empresarial, os explicamos la ventajas del Testamento mediante Escritura Pública.
En caso de no tener realizado el testamento, los herederos se verán paralizados al tener que hacer el Acta de Notoriedad sobre la Declaración de Herederos Abintestato, previamente a la liquidación de la Herencia.
Para realizar dicho acta se aportará la siguiente documentación:
- Certificado de Defunción del causante
- Certificado de Actos de Última Voluntad
- Libro de Familia
- Contar con 2 testigos para realizar dicha acta
Esto es un trámite más costoso y complejo que durará más que un simple testamento notarial. Además, una vez que el causante muera, los herederos podrán buscar fácilmente dicha escritura ante el Ministerio de Justicia, solicitando el certificado de Actos de Última Voluntad.
Además de esto, el testador podrá designar los bienes a las personas que desea, así como la forma de repartir. Así, podrá nombrar a un albacea para que se encargue de efectuar dicho reparto según las directrices del testador.
Por último, en caso de no existir Testamento Notarial, los bienes y derechos del titular deberá repartirse según la Ley y en caso de conflicto, se determinará en un Juzgado.
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